miércoles, 9 de abril de 2008

NO FUMAR



Entró en vigor la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en el D.F., la cual prohibe fumar en sitios públicos cerrados e impone en caso de su desacato, multas económicas, arrestos y clausuras.
La sanción económica para los fumadores o responsables del lugar donde no se respete esa ley será de 10 a 100 salarios mínimos, dependiendo de la gravedad de la infracción y las condiciones económicas del infractor, multa que será establecida por un juez cívico.
En caso de reincidencia la sanción será de un arresto de hasta 36 horas a quien insista en no acatar la nueva ley, indicando también multas que podrían llegar a la suspensión temporal del servicio y a la clausura definitiva del local.
Para la defensa de los fumadores, el reglamento establece que las personas físicas o morales sancionadas por infringir la ley, podrán impugnar a través de los recursos previstos en las leyes locales de Establecimientos Mercantiles y de Cultura Cívica, Transporte y Vialidad, de Procedimientos Administrativos y la de los Derechos de los Niños y Niñas, así como la federal sobre Responsabilidad de los Servidores Públicos.
La ley antitabaco que sustenta como uno de sus principales objetivos la protección de los efectos nocivos que provoca inhalar el humo de tabaco establece la prohibición de fumar en sitios públicos cerrados como restaurantes, bares, estéticas, hospitales, instalaciones deportivas, teatros, cines y elevadores, entre otros.
Además del transporte público, incluidos los taxis, así como las oficinas y edificios públicos, como escuelas, mientras que en el caso de los lugares de hospedaje se permitirá que 25 por ciento de las habitaciones sean para fumadores.
Esas habitaciones deberán contar con extractores y purificadores de aire, así como señalamientos de que es un cuarto para fumadores y del daño que causa esa adicción, de lo contrario, además de ser sancionados, se retirará el permiso para tener 25 por ciento de espacios para quienes fuman.
Para no infringir la ley, quienes deseen fumar en dependencias públicas tendrán que buscar lugares al aire libre, como terrazas, patios y jardines, siempre y cuando no sean paso forzoso para las personas, ni áreas para menores de edad.


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